PREGUNTAS FRECUENTES
| ¿Quine debe acudir al procurador? |
| Basta con que vaya uno de los cónyuges o incluso un tercero autorizado por ellos. Dado que deben llevar el convenio regulador ya firmado por ambos cónyuges así como el resto de la documentación solicitada, no es necesaria la presencia de ambos cónyuges en el despacho del procurador. |
| Preguntas frecuentes |
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